El resort de lujo de la isla de Valdecañas, en el pantano
extremeño de Valdecañas - conocido como el 'Algarrobico extremeño
- tiene los días contados. El Tribunal Supremo acaba de anunciar
que estima un recurso de Ecologistas en Acción y que extiende
la demolición de este complejo turístico al campo de golf,
el hotel y las viviendas y no sólo a las obras en desarrollo,
como habían establecido en un primer momento los jueces extremeños.
La medida afecta a casi 200 villas, un hotel de cuatro estrellas
y un campo de golf.
Este complejo fue construido en la isla de Valdecañas, en
medio del pantano, y en una Zona de Especial Protección de
Aves (ZEPA) con el visto bueno de la Junta de Extremadura
con su Proyecto de Interés Regional de 2007. Una normativa
que rápidamente fue declarada ilegal por los tribunales extremeños
con órdenes de paralizar las obras, todo confirmado por el
Tribunal Supremo en 2014. Más de una década después, el mismo
Tribunal Supremo ha estudiado y estimado el último recurso
de Ecologistas en Acción sobre qué consecuencias debe tener
esta ilegalidad.
Los ecologistas recurrían la decisión del Tribunal Superior
de Justicia de Extremadura que en 2020 autorizó la demolición
parcial del complejo, exigió a la Junta de Extremadura un
plan para proteger y vigilar el medioambiente en la zona y
permitió que las casas, el hotel y el campo de golf ya construidos
se mantuvieran en pie al entender que no afectaban negativamente
al entorno natural de Valdecañas. Ahora el Supremo dice lo
contrario.
La sala de lo contencioso-administrativo, según informa en
un comunicado, ha estimado un recurso de Ecologistas en Acción
y explica que anula las excepciones que el tribunal extremeño
estableció para las demoliciones: “El Supremo anula este extremo
y acuerda que deberán ser demolidas como el resto de las obras
e instalaciones cuya demolición determinaba el propio auto
de ejecución, dice el Tribunal Supremo sobre una sentencia
que se conocerá íntegramente en los próximos días.
Vista de una parte del complejo urbanístico
desde el embalse de Valdecañas (Cáceres).
Esta no es la única batalla legal que se ha desarrollado
en torno a este complejo turístico de lujo ubicado en un enclave
natural como es el pantano de Valdecañas. Hace unos meses
el mismo TSJ de Extremadura decidió que la administración
regional no estaba obligada a indemnizar con más de 5 millones
de euros a la promotora de un hotel que no pudo construirse
en el complejo turístico después de la anulación del Proyecto
de Interés Regional en 2011.
El Tribunal Supremo dejó claro en 2014 que este PIR era ilegal
por el enclave natural en que se habían levantado las casas,
hoteles y el campo de golf. “Los terrenos donde se ha construido
el complejo urbanístico están incluidos en la Red Natura 2000”,
reprocharon entonces los jueces. La normativa europea sobre
protección ambiental, añadieron, “deja claramente establecido
que cuando unos terrenos están sujetos a algún régimen especial
de protección sectorial resulta preceptiva su exclusión del
desarrollo urbano y su clasificación como suelo no urbanizable
de especial protección”. La Junta de Extremadura, por tanto,
nunca tuvo derecho a autorizar esas construcciones que ahora
deben ser demolidas en su totalidad.
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La playa del Algarrobico es una playa española
situada a 4 km al norte de Carboneras (provincia de Almería,
Andalucía), a cuyo término municipal pertenece, a la que se
accede por la carretera N-341 en dirección a Mojácar. Está
situada en el parque natural del Cabo de Gata-Níjar. Se hizo
famosa al construirse desde 2003 el popularmente conocido
como "Hotel El Algarrobico" por la promotora Azata del Sol,
que provocó una fuerte oposición y movilización debido a su
ilegalidad por incumplimiento de la Ley de Costas. El caso
tuvo un gran impacto mediático y por sus dimensiones ha sido
usado por los medios de comunicación como símbolo de la mala
conservación de la costa española. La proximidad de la playa
al casco urbano hace que tenga una ocupación media, a pesar
de lo cual está pobremente equipada con servicios y mobiliario.
Un carril sin asfaltar bordea la costa y lleva
directamente a la playa, dotada de aparcamiento no vigilado.
Se trata de la única playa del parque natural del Cabo de
Gata-Níjar cuyo territorio marítimo no está afectado por la
figura de protección del espacio natural, limitándose ésta
al área terrestre entre la Punta del Santo y la desembocadura
del río Alías, a los pies del extremo oriental de la Sierra
de Cabrera. Desde este lugar, continúa hacia el sur hasta
la Punta del Rayo, en cuya cima, sobre la Piedra de los Roncaores
se eleva una de las torres vigías que jalonan el litoral almeriense,
la Torre de la Carbonera, construida en 1584 por mandato de
Felipe II y destruida por un rayo durante la segunda mitad
del siglo XVIII, momento a partir del cual, adoptó el nombre
por el que más comúnmente se la conoce: la Torre del Rayo.
El inicio de la construcción en 2003 del hotel
El Algarrobico por parte de la promotora Azata del Sol en
terrenos del parque natural urbanizables suscitó una gran
polémica a partir de 2005 cuando llegó al Ministerio de Medio
Ambiente Doña Cristina Narbona, ya que aunque el proyecto
recibió todos los permisos necesarios de las cuatro administraciones
públicas incluida la propia Dirección Provincial de Costas,
la licencia había sido obtenida en los años 80 (cuando El
Algarrobico aún no estaba catalogado como parque natural Cabo
de Gata-Níjar), mientras que la construcción del hotel se
inició en 2003, cuando esta playa ya era un área protegida.
Esta gestión presentaba visos de ilegalidad por vulneración
de la Ley de Costas, que establece una servidumbre de protección
de 100 metros en la que está prohibido construir.
Se convocaron movilizaciones y actuaciones y
se denunció el proyecto en los tribunales por parte de asociaciones
locales como Salvemos Mojácar, apoyadas por organizaciones
ecologistas nacionales e internacionales, que desembocaron
en primer lugar en la paralización de las obras por orden
judicial. Las distintas administraciones dilataron ejecutar
el proceso de expropiación, desestimándolo por Resolución
del Delegado del Gobierno de Andalucía en junio de 2009.
A finales de marzo de 2014 la sección tercera
de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior
de Justicia de Andalucía, entrando en contradicciones con
el propio TSJA y con el TS respecto a sentencias anteriores,
declaró como urbanizable el suelo donde se encuentra el edificio.
Esta sentencia movió a la asociación Ecologistas en Acción
a presentar un recurso ante el TS y al colectivo "Salvemos
Mojácar" a presentar una querella contra los ponentes de dicha
sentencia, así como un incidente de recusación contra los
magistrados que han de dictar sentencia sobre la licencia
de obras del hotel, alegando que los jueces son objeto de
la querella por presunta prevaricación. El incidente de recusación
terminaría siendo desestimado por el Tribunal Supremo al no
haberse admitido a trámite la querella presentada contra los
magistrados.
El 2 de diciembre de 2015 el Tribunal Constitucional
ratificó definitivamente la desestimación de dicha querella
al negar el recurso de amparo que solicitó la organización
ecologista Salvemos Mojácar. El 30 de julio de 2014 el Tribunal
Superior de Justicia de Andalucía declaró conforme a derecho
la licencia de obras del hotel. En agosto de 2014 la Junta
de Andalucía inició las gestiones para inscribir los terrenos
de hotel a nombre del dominio público con la intención de
demolerlo, desistiendo más tarde, a la espera de una sentencia
del Tribunal Supremo que clarificase si el suelo es urbanizable
o si, por el contrario, goza de especial protección. El 18
de febrero de 2016 el Tribunal Supremo estimó los recursos
de Greenpeace España y de la Junta de Andalucía, declarando
el área como ambientalmente protegida no urbanizable y fallando
a favor del derecho de retracto sobre los terrenos en los
que se ubica el hotel.
La mayoría de la población de Carboneras, municipio
en el que se encuentra el Hotel, era favorable a su apertura,
debido al subdesarrollo del pueblo: la economía, a pesar de
la fuerte industrialización y desarrollo turístico en las
últimas décadas, sigue basada en el sector primario (pesca)
y en la estacionalidad turística. A esto hay que sumarle las
grandes distancias sociales entre la minoría de trabajadores
cualificados (en general, provinientes de fuera del pueblo)
y la masa de trabajadores no cualificados (fundamentalmente
oriundos del municipio sin estudios superiores e inmigrantes
subsaharianos y de Europa del Este). Hasta principios de la
década de los 90, el desarrollo del pueblo era aún menor;
la expansión de la economía posterior, conocida como "el boom
inmobiliario", así como la inauguración de universidades públicas
en todas las provincias andaluzas, facilitó el desarrollo
económico de la localidad, así como un aumento de la cualificación
de los habitantes, los cuales ya no tenían que estudiar en
Sevilla o Granada, pudiendo hacerlo en Almería, con lo que
era más fácil mantener la relación con el pueblo por proximidad
geográfica. Sin embargo, a principios de la década de 2000
los efectos de esta nueva generación de cualificados aún no
se habían instalado en la economía del pueblo ni en la cultura
del mismo.
Por qué es tan difícil derribar el hotel de
El Algarrobico 15 años después de la paralización de las obras.
La sentencia del TSJA da al traste con el intento por derrumbar
el hotel ilegalizado por los tribunales. La vista está puesta
ahora en el Ayuntamiento de Carboneras, el cual debe revisar
la licencia de obras dada en 2003 para proceder a la demolición.
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